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                  <text>Boletín Apícola Nº 15 - Ene 2001

Boletín Apícola
Nº 15 - Enero 2001
Indice:
Comercio de la miel:
1. Exportaciones Argentinas
2. Mercado mundial
Producción orgánica
Novedades:
Trazabilidad
Norma IRAM
Página Web Miel
Dumping y subsidios
Abejas polinizan plantaciones de manazana
Curiosidades

Se ha iniciado un nuevo año y con él esperamos que todos aquellos que conforman la
Cadena Alimentaria de la miel encuentren el camino que los conduzca al éxito.
¡¡¡ FELIZ AÑO PARA TODOS !!!

COMERCIO DE LA MIEL
1- Exportaciones Argentina
En el período enero-noviembre de 2000, Argentina exportó algo más de 82.000 tn de miel por un
valor de U$S 81,6 millones. Con respecto al mismo período de 1999 las ventas tuvieron un
incremento en volumen del 1% y una disminución en valor del 3 por ciento.
Exportaciones argentinas de miel-2000
Volumen (TN)

Valor
(miles US$)

EE.UU.

41.466

40.449

Alemania

22.768

22.436

Italia

6.195

6.272

Inglaterra

2.421

2.406

España

1.631

1.641

Resto

7.960

8.478

82.441

81.682

Destino

Total

Fuente: Programa Miel 2000 sobre la base de SENASA.
Enero-noviembre provisorio

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Los principales destinos de exportación continúan siendo Alemania y Estados Unidos. Entre ambos
concentran el 77% de las ventas totales. Realizaron operaciones 44 empresas a un total de 29
países.
En cuanto al mercado de otros productos de la colmena se exportaron entre enero y noviembre de
2000, 396 Tn de cera por un valor de U$S 3,92/kg. Los destinos fueron los siguientes: Estados
Unidos (81%); Alemania (11%); Italia (5%) y Japón (3%).

2- Mercado Mundial
Producción
La producción mundial de miel estimada por FAO para el año 2000 fue de 1,22 millones de tn,
levemente superior a la del año 1999.
Los principales países productores se pueden observar en el siguiente Cuadro:
Producción de miel año 2000
PAIS

MIL TN

China

253

EE.UU.

101

Argentina

98

Turquía

63,5

Ucrania

58,8

México

56,8

India

51
Fuente: FAO

Otros países que han incrementado su producción son Rusia (50 mil tn); Etiopía y Tanzania (25 mil
tn). Según los datos de FAO 128 países están registrados en el mundo.como productores de miel.

Consumo
El consumo mundial promedio para el año 1998 fue de 200 gr per capita (último dato registrado por
FAO). Argentina se encuentra dentro del promedio. Los países de mayor consumo se detallan a
continuación:

PAIS

CONSUMO
(kg/hab/año)

República
Centroafricana

3,0

Turkmenistán

2,3

Angola

1,8

Grecia

1,6
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Nueva Zelandia

1,6

Suiza

1,4

Alemania

1,2

Ucrania

1,2

Austria

1,1

Eslovenia

1,1

Dinamarca

1,0
Fuente: FAO

PRODUCCION ORGANICA: Situación del año 1999
El siguiente resumen tiene por objetivo brindar información sobre la situación de la producción de
miel orgánica durante el año 1999.
La producción de miel orgánica certificada se desarrolló en las provincias de Buenos Aires, Chaco,
Córdoba, La Rioja, San Luis y Santa Fe. El número de colmenas bajo certificación fue levemente
inferior a la del año 1998: 11.770 colmenas.
Se produjeron 110.000 Kg de miel de los cuales, 996 kg fueron comercializados en el mercado
interno y el resto de exportó exclusivamente a la Unión Europea, denotando un incremento del 35%
con respecto a 1998.
Norma de Producción Apícola Orgánica
El pasado mes de junio fue aprobada la Resolución que reglamenta la producción orgánica. Entre
los productos reglamentados se encuentra la miel. Se trata de la Resolución SAGPyA Nº 270/2000 y
los puntos más importantes que contiene se enumeran a continuación:
1. Criterios generales:
La producción apícola es una actividad que produce importantes beneficios a la
producción agrícola y forestal mediante la acción polinizadora de las abejas,
contribuyendo a aumentar la productividad del sistema de explotación y acrecentando
la diversidad biológica.
El estatus orgánico de los productos apícolas está estrechamente vinculado a la
sanidad de las colmenas, al manejo general del apiario y a las condiciones
medioambientales de la zona de libación y por lo tanto de su alimentación.
2. Ambito de aplicación:
La producción, industrialización, transporte, rotulado y comercialización de miel, y otros
productos y subproductos de la colmena de origen orgánico, ecológico, o biológico,
quedan reglamentados por esta Norma de Producción.
Para recibir la denominación de Orgánico, Ecológico o Biológico, se establece un
período de transición de DOS (2) años en cumplimiento del artículo 4º de la Resolución
Nº 1286 del 19 de noviembre de 1993 del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
ANIMAL.

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Dicha denominación involucra sólo a las colmenas y/o núcleos declarados
oportunamente, quedando exceptuadas de ésta a las que hubieran ingresado al
Lazareto, las que deberán pasar por un nuevo período de transición no inferior a UN
(1) año, siempre y cuando la totalidad de la cera sea sustituida por otra que cumpla las
condiciones fijadas en la presente norma.
Este período de transición podrá ser extendido o reducido de acuerdo a los
antecedentes comprobables para cada situación en particular por parte de la empresa
Certificadora y con el consentimiento del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA.
3. Ubicación de los Apiarios - Zonas de Libación:
Los Apiarios deberán estar preferentemente en zonas silvestres, siempre y cuando no se vea
amenazado el propio ecosistema, y las fuentes de néctar, polen y agua estén aseguradas en
cantidad y calidad y respondan a los principios de producción orgánica; o bien en zonas con
cultivos Orgánicos Certificados.
Estas áreas deben ser debidamente identificadas y los apicultores proporcionarán a la
entidad certificadora documentación apropiada y evidencias, incluyendo análisis
sustentables si fuera necesario, que las mismas responden a los criterios encuadrados
en la Resolución Nº 423 del 3 de junio de 1992 de la ex-SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, sus modificaciones y anexos.
La vegetación melífera no debe poseer tratamientos con productos no permitidos de acuerdo
a las resoluciones antes mencionadas. En caso de riesgo deberán hacerse análisis tanto de
la vegetación como del producto.
La distancia mínima de los apiarios orgánicos o bajo proceso de certificación a los cultivos
convencionales debe ser de UNO CON CINCO (1,5) kilómetros. En caso de que la entidad
Certificadora considere que la zona no posee suficiente fuente de alimentación, deberá
extender el radio hasta una distancia de TRES (3) kilómetros.
La distancia mínima a otras fuentes de contaminación como ser poblaciones, fábricas, o
cualquier otra fuente de contaminación deberá ser de TRES (3) kilómetros.
La permanencia de las colmenas y/o núcleos en los asentamientos podrá ser fija o transitoria
(trashumancia), ambos tipos de asentamientos estarán bajo seguimiento y con iguales
requisitos.
La provisión de agua deberá ser accesible y abundante y provendrá de fuentes libres de
contaminación. De ser necesario se solicitará análisis de las mismas.
Se deberá contar con un sector lo suficientemente alejado de las colmenas en producción
orgánica para colocar de ser necesario las colmenas en tratamiento sanitario convencional.
Este sector (Lazareto) deberá ser debidamente identificado y su producción no podrá
comercializarse como Orgánica.
4. Materiales inertes constitutivos:
Los materiales inertes utilizados para la construcción y mantenimiento de las colmenas
deberán ser naturales y no contaminantes al medio ambiente y a los productos que se
obtengan de la misma. La protección interna y externa debería hacerse igualmente con
productos no contaminantes al medio ambiente y/o los productos que se obtengan.
Se autoriza el uso de revestimientos de origen vegetal tales como el aceite de lino.
Se prohibe el uso de coberturas con productos provenientes de la síntesis química, o
que incluyan metales pesados.
Cera Estampada:
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La cera utilizada para el estampado de láminas será de origen ecológica producida en
el mismo establecimiento o de cera ecológica externa certificada.
Por excepción al punto anterior, podrá solicitarse a la entidad certificadora autorización
para la utilización de ceras convencionales cuyo origen sea confiable y comprobable
sólo durante el período de transición. Una vez otorgada la certificación full orgánica las
ceras utilizadas deberán provenir exclusivamente de la fundición de opérculos o
cuadros de colmenas orgánicas. Por tal motivo los productores orgánicos deberán
asegurar suficiente producción y reserva de cera para ser reciclada.
A estos efectos, los elaboradores de laminados deberán garantizar una manipulación
específica de las ceras "orgánicas", y contar con registros documentados a tal fin.
Sólo se deberán aceptar aquellos laminados que contengan CIEN POR CIENTO
(100%) de cera de abeja en su constitución, y puedan ser esterilizadas.
Se prohibe la adición de parafinas o sucedáneos de la cera natural.
En caso de ser necesario podrán solicitarse análisis de calidad y de residuos.
5. Alimentación:
La base de la alimentación de las abejas es la miel y el polen producidos y
almacenados en el propio panal. A tal efecto se deberán dejar reservas suficientes de
los mismos para la supervivencia en época invernal.
Se prohibe la cosecha de miel con fines especulativos y su reemplazo por jarabes,
melazas, o sucedáneos de la miel.
Como excepción del punto anterior, la entidad certificadora podrá autorizar la alimentación artificial a
base de miel orgánica o jarabe de azúcar orgánico sólo cuando se vea amenazada la subsistencia
del colmenar ante la eventual pérdida de las colonias por falta de alimento. Esta práctica solo deberá
aplicarse en caso de excepción y durante el período de letargo de la colmena, es decir alejado del
período comprendido entre la última cosecha y el comienzo de una nueva mielada.
Se deberán llevar registros de la cantidad de colmenas alimentadas y tipo de producto
utilizado.
Otros alimentos que difieran de los indicados anteriormente no podrán ser utilizados en
apicultura orgánica.
6. Manejo Sanitario:
Se deberá procurar que todas las prácticas de manejo sean dirigidas a la prevención
de las enfermedades.
La revisión periódica, la identificación individual de las colmenas, y los registros
sanitarios asegurará un mejor manejo profiláctico.
Se procurará la elección de razas resistentes y adaptadas a la zona, la renovación
contínua de ceras y reinas, el aislamiento de las colmenas atacadas por enfermedades
y la desinfección con productos autorizados.
Deberá denunciarse obligatoriamente todo brote de enfermedad infectocontagiosa y/o
parasitarias.
Las colmenas que llegaran a enfermarse o infectarse deberán ser tratadas en forma
inmediata con productos permitidos, pero si el uso de éstos no fuera efectivo y corra
riesgo la vida del colmenar, bajo la responsabilidad de un Médico Veterinario podrá
autorizarse el uso de productos alopáticos de síntesis química. Ante esta situación se
preferirá el aislamiento de las mísmas en el apiario destinado a Lazareto.

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A estos efectos, se llevarán registros sanitarios detallando el diagnóstico, el principio
activo utilizado, dosis, fechas de aplicación y método de administración.
Desinfección de Colmenas:
Autorizados:
- Tratamiento térmico.
- Cal y cal viva.
- Hipoclorito de sodio.
- Acidos acético, fórmico, láctico y oxálico.
- Alcohol.
- Formaldehido.
- Soda Cáustica.
Varroasis:
- Medidas de Control: Se aconseja en casos de bajos niveles de parasitismo no utilizar
tratamientos curativos. Se recomienda la renovación de reinas captura con trampas, o
cuadros zanganeros.
- Tratamientos específicos:
Se autoriza el uso de Acido Fórmico, Acido Láctico, Acido Oxálico, Rotenona y Aceites esenciales
como el Timol, Eucaliptol, Mentol.
La época recomendada para los tratamientos es el otoño cuando se encuentra menor cantidad de
cría operculada y lejos de la época de mielada. No obstante esto, deberán efectuarse tratamientos
controlados específicos para cada zona en particular dado la gran variabilidad de las condiciones
ambientales.
Se prohibe:
Cualquier tratamiento preventivo sistemático o rutinario.
El uso de tablitas de fabricación casera impregnadas con antiparasitarios de síntesis.
Realizar tratamientos sin evaluar su efectividad.
Dejar los medicamentos en forma permanente dentro de las colmenas.
7. Cosecha y retiro de alzas:
Sólo se cosecharán alzas melarias que correspondan a colmenas debidamente
identificadas y avaladas como ecológicas o ecológicas en transición por una entidad
certificadora.
Registros de cosecha:
A tal efecto, en el momento de la cosecha, se registrará el número de colmena y la
cantidad de alzas y/o medias alzas que le correspondan. Esta información será
enviada a la planta de extracción, lo que conformará el Remito de Envío.
Los cuadros deberán estar debidamente operculados.
Se prohibe el uso de repulsivos químicos. Se autoriza la utilización de humo ó
combustibles orgánicos no polucionantes, el soplado de aire y el cepillado ó sacudido
de alzas.
Se prohibe la cosecha de cuadros con cría.
8. Elaboración:

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Todos los establecimientos que extraigan, fraccionen, estacionen, acopien ó envasen
Miel Orgánica, deberán dar conformidad a las disposiciones del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA para Miel Convencional (Resolución
N° 220 de fecha 7 de abril de 1995 del ex–SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
ANIMAL para la habilitación de plantas); a la Resolución Grupo Mercado Común
(GMC) N° 80/96 sobre Buenas Prácticas de Manufactura), más las propias del
presente reglamento.
Deberán poseer condiciones óptimas de aireación, ventilación y humedad que eviten la
rehumidificación de la materia prima.
La temperatura de la miel no deberá superar los CUARENTA GRADOS
CENTIGRADOS (40 °C) en cualquiera de sus procesos.
Recepción y descarga:
Se deberá contar con un sector apto para tal fin, en el que sólo se podrá descargar material a
certificar, no pudiéndose descargar al mismo tiempo material convencional.
El material deberá ser acompañado con su respectivo Remito de Envío, y asentado en el registro de
la planta, al cual se le asignará un número de Lote de Extracción.
Extracción y Almacenamiento:
Los establecimientos que industrialicen Miel Orgánica y Convencional deberán poseer separación
comprobable en tiempo y lugar para cada uno de ellos. En estos casos el control por parte de la
Certificadora deberá hacerse para ambas producciones. Asimismo, se deberá asegurar la limpieza y
desinfección de todos los elementos entre uno y otro proceso, como así también la identificación y la
separación física de ambos productos en el lugar de almacenamiento.
Los tanques, cubas y conductos deben ser de acero inoxidable, o bien recubiertos con pintura epoxi
alimentaria. No se permite el uso de materiales galvanizados, o de chapa desnuda.
Los envases destinados a contener miel a granel deberán encuadrarse bajo el marco Normativo de
la Resolución Nº 121 de fecha 20 de octubre de 1998 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION y deberán estar identificados individualmente para su
registro.
Fraccionamiento:
Las empresas que adquieran materia prima certificada a granel de terceros para su posterior
fraccionamiento, deberán firmar un convenio con una empresa certificadora para el seguimiento de
su producción y obtención del certificado correspondiente, a su vez darán cumplimiento a los
mismos requisitos higiénico-sanitarios que para las plantas extractoras.
Los envases serán preferiblemente de vidrio y con cierre hermético o de aquellos materiales de
calidad alimentaria preferiblemente reusables o reciclables.
El lavado y desinfección de los materiales sólo podrá hacerse con sustancias autorizadas.
9. Registros:
Los establecimientos que extraigan, elaboren o fraccionen Miel Orgánica deberán
llevar registros tanto del origen de la materia prima como del proceso de elaboración,
de tal manera que pueda realizarse seguimiento (trazabilidad) del producto desde el
lugar de producción (apiario) al de destino final.
- Registro de apiarios y sus colmenas.
- Remitos de Envío de material.
- Registros de Recepción.
- Registros de elaboración (Lotes).
- Registros e Identificación de tambores.
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Estos registros estarán siempre a disposición de la Autoridad de Control.
Las Empresas Certificadoras confeccionarán un manual de procedimientos que
contenga el flujograma de producción, la metodología para la confección de los lotes y
la forma de control de los registros.
Para mayor información comunicarse con: SENASA. Area de Producción Orgánica.
Paseo Colón 367 5º Contrafrente. Tel: 011-4345-4110/4112 int. 1517

NOVEDADES
Trazabilidad
En la presente cosecha se ha iniciado la implementación del sistema de trazabilidad para la miel. Los
tambores se identificarán con la siguiente inscripción:

a.

En primera instancia se deberá escribir el Número de habilitación o Registro de salas de extracción,
aprobadas por el SENASA o la provincia. En el caso de que los productores no cuenten con las
salas registradas o habilitadas y las provincias cuenten con Registros provinciales, los productores
deberán escribir el número de registro provincial.

b.

Aquellas provincias que no cuenten con Registros provinciales, los productores deberán escribir, en
primera instancia, el número de registro y/o habilitación de las salas de extracción, aprobadas por el
SENASA. Si no cuentan con salas registradas y/o habilitadas deberán escribir su D.N.I. (Documento
Nacional de Identidad).

Estas decisiones tienen carácter provisorio, por lo menos hasta el mes de marzo, donde se definirá un
único sistema de trazabilidad y se establecerá la nueva normativa para las salas de extracción. El
SENASA elaborará una guía de procedimientos y las bases reglamentarias para que todas las provincias e
instituciones conozcan estas decisiones y puedan asesorar correctamente a los productores y
funcionarios.
Norma IRAM para implementos
El pasado mes de octubre fue aprobada la norma IRAM 114001:2000 MATERIALES PARA APICULTURACOLMENA-ALZA-CUADRO-ALAMBRE Y OJALILLO, elaborada en forma conjunta por representantes
del sector público y privado.
¨Es una satisfacción para nosotros haber llevado a buen término el estudio de dicho documento, luego del
tiempo y esfuerzo invertido por parte de todos los participantes.
Se suma a esto ser la primera norma sobre el tema elaborada a nivel mundial por un Instituto de
Normalización Nacional. Dicha norma puede ser consultada o adquirida en el Centro de Documentación de
IRAM¨.
Estos comentarios fueron vertidos por el Coordinador del Comité, el Lic. Jorge Blanco.
Para consultas e informes, dirigirse a: Perú 552-556 (1068) Buenos Aires- Argentina
Tel: 011-4345-6606 E-mail: iram4@vianetwoks.net.ar

Página web Miel
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La Dirección de Industria Alimentaria ha re diseñado la sección Alimentación del sitio web de la SAGPyA .
Específicamente en lo que concierne a miel, se ha incorporado nueva información y otro tanto estará
próximamente disponible. El objetivo es brindar datos actualizados e informes novedosos para todos los
actores de la cadena de la miel. Ud. podrá encontrar:
Precios pagados al productor: los provistos por la Bolsa de Cereales de Buenos Aires y aquellos
que relevan los Delegados de la SAGPyA distribuidos en distintas zonas del país.
Normativas: se han incorporado todas las normativas nacionales y del Mercosur así como las
legislaciones apícolas de las provincias.
Estadísticas: aquí se podrán obtener todos los datos de la apicultura nacional así como la
información del mercado mundial en cuanto a producción, consumo y exportación. Además, se
ampliará la información sobre importadores de miel de todo el mundo.
Oportunidades de negocio: allí podrá encontrar un listado de las empresas argentinas que ofrecen
sus productos al exterior.Además, aquellas empresas que cuenten con páginas web tendrán un link
a su página.
Capacitación: se informará sobre las novedades de ofertas de cursos y jornadas que se dictan en
todo el país.
Síntesis Apícola: encontrará todos los meses el boletón de coyuntura con las novedades ocurridas
en el sector.
Boletín trimestral: encontrará el Boletín trimestral que habitualmente se envía por correo postal.
Ahora también podrá obtenerlo a través de la página web.
Insumos: se volcará información referida a las empresas proveedoras de insumos habilitadas por el
SENASA así como de los remedios apícolas autorizados para su venta, entre otros puntos de
interés.
Cadena Alimentaria de la Miel: una vez al año encontrará un resumen que refleja las características
del sector apícola argentino.
Diagnóstico sectorial: la Dirección de Industria Alimentaria elabora periódicamente un diagnóstico
del sector que podrá encontrarlo actualizado en nuestra página.
Trámites: se irá actualizando toda la información referida a los trámites y requisitos necesarios en el
sector apícola, así como los costos y horarios de atención de cada organismo responsable.
Otros sitios: tendrá disponible un listado de otras páginas web en las cuales podrá encontrar
información sobre apicultura o sobre el comercio mundial de alimentos.
Nuestra página: www.sagpya.mecon.gov.ar/alimentos/apicola/inicio.htm

Dumping y subsidios
Se informa que Argentina se encuentra preparando la defensa de la acusación realizada por el Gobierno
Norteamericano. Para ello el Gobierno Nacional y el de la Provincia de Buenos Aires contrataron a
empresas especializadas en este tipo de contiendas para llevar adelante la defensa de la acusación sobre
subsidios.
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�Boletín Apícola Nº 15 - Ene 2001

Entre los meses de enero y marzo el gobierno norteamericano puede tomar la decisión de aplicar derechos
provisorios para las importaciones de miel provenientes de Argentina. Esos derechos varían de acuerdo al
impacto del posible daño ocasionado a la industria de miel americana. También es posible que no se
aplique derecho alguno hasta la decisión final, estimada para el mes de junio próximo. Esta medida se
toma sobre la base de las pruebas e informes que presente nuestro país y de la verificación que realicen
de la información recibida. Para establecer la veracidad de la defensa, en enero nos visitará una
delegación norteamericana que permanececerá en nuestro país entre 15 y 20 días.

Abejas polinizan plantaciones de manazana
¨En el primer día de la primavera la plantación de la Agrícola Fraiburgo amaneció con 580 colmenas de
abejas, debajo de sus manzanos en flor. Como de costumbre, el transporte de los insectos fue hecho de
noche.
De las grandes plantaciones de manzana de la capital brasileña, fue esa empresa una de las primeras en
contratar los servicios de la apicultura migratoria, siguiendo la rutina primaveral que lleva a los productores
de manzana a colocar de 2 a 2,5 colmenas por cada hectárea de manzanas. Con alrededor de 40 mil
abejas por colmena.
Es así, que para polinizar las 30 mil hectáreas de manzana cultivadas en Santa Catarina y en Río Grande
do Sul, los productores brasileños movilizan durante el primer mes de la primavera un ejército de 2,4 mil
millones a 3 mil millones de abejas. A un precio promedio de R$ 20 por colmena (alrededor de 37 U$S, con
un cambio promedio de ese momento de 1,85), los apicultores embolsan en un mes de R$ 1,2 millones a
R$ 1,5 millones
Para quien vive de la cría de abejas es una buena cosecha. En el inicio de la década del 90, con una
paridad dólar real, los apicultores llegaban a recibir U$S 25 por colmena.
Sea como fuere, para quien cultiva manzanas, la polinización representa como máximo el 1% del costo de
manutención de una plantación.
Dependiendo de las distancias recorridas, los apicultores dedican entre el 5% y el 20% de sus ganancias
al transporte.
En las distancias cortas, normalmente son utilizadas camionetas. En distancias mayores (200 km a 300
km), se emplean camiones abiertos, con telas especiales para evitar que los insectos escapen.
Con la polinización realizada por las abejas, las manzanas resultan ser saludables, bien formadas y llenas
de semillas. Las manzanas originarias de flores no polinizadas son menores, y un poco deformes.
Los productores de manzana de Fraiburgo y Vacaria, con grandes plantaciones, utilizan mecanismos
artificiales para acelerar la floración de sus árboles.
Con el clima favorable, es decir con sol y calor, las plantaciones de manzana comienzan a soltar flores
entre una semana y 15 días después de la aplicación del Dormex. Se acostumbra colocar las abejas
cuando entre el 5% y el 10% de las flores están abiertas.
Los insectos permanecen en servicio hasta el fin de la floración, o sea, normalmente, hasta la segunda
quincena de octubre.

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�Boletín Apícola Nº 15 - Ene 2001

Este año, con el invierno intenso, la floración está bastante tardía. Pero con el cielo limpio y buen sol, las
abejas, prácticamente, no salen de las cajas si la temperatura no pasa de los 15 °C. Y ahí comienzan los
problemas. Como no tienen néctar, la flor de los manzanos no ejerce gran atracción sobre las abejas.
Según investigaciones, apenas el 50% de las abejas visitan las flores de los manzanos¨.
Fuente: Diario "Gaceta Mercantil", Brasil.

CURIOSIDADES:
En homenaje a las culturas pre-hispanicas
El Valor de las abejas toma una relevancia cada vez mayor dentro de un mundo donde el ecosistema se
encuentra desequilibrado y, en la búsqueda de recuperar los recursos naturales, surgen proyectos como el
que se presenta a continuación:
En México están llevando adelante un proyecto para reactivar la producción de miel de las abejas
silvestres, entre ellas la xunan'kab Melipona beecheii Benneth, una de las abejas nativas sin aguijón del
área maya.
Es un proyecto comunitario con el aporte de las comunidades indígenas, la Maya en este caso,
aprovechando sus conocimientos y técnicas ancestrales, que aseguran la conservación de la
biodiversidad.
Es bueno además hacer un poco de historia a modo de homenaje a las culturas de América. En la época
prehispánica y colonial cada familia en la Península Yucateca, contaba por lo menos con 10 troncos o
jobones, como se conoce a las colmenas de estas abejas, porque además de dar la miel para endulzar sus
bebidas, la usaban como medicina en múltiples afecciones; sus propiedades medicinales la hicieron
indispensable dentro de la farmacopea Maya.
Por ejemplo, la cera era muy preciada para la elaboración de velas y otros adornos necesarios en las
actividades mágico-religiosas; y también para preparar bebidas ceremoniales.
Sin embargo, cuando la caña de azúcar fue introducida en México, incorporándose a la dieta de los mayas,
así como la llegada de las abejas americanas que tenían más producción de miel, la cría de las xunan'kab
fue desapareciendo.
El arribo de la abeja africana, ha obligado a los apicultores a re ubicar sus colmenas de abejas europeas y
llevarlas a las afueras de los poblados, por lo que se presenta la posibilidad de que el espacio del solar
que éstas dejan, sea reocupado por las xunan' kab que, por carecer de aguijón, hace que su manejo sea
una actividad idónea para las mujeres, niños y los señores de edad avanzada, pues no corren el riesgo de
ser atacados por los insectos y su cuidado es fácil y seguro.
Debido a esto, en 1992 se formó un grupo de campesinos ex-henequeneros mayas (de 45 a 70 años o
más) y se dieron a la tarea de trabajar para rescatar a estas abejas nativas porque, como ellos mismos
mencionaron, fueron de gran importancia social, económica y ecológica.
Las abejas son excelentes polinizadoras, principalmente en los cultivos de los frutales y las hortalizas,
mejorando de esta manera la producción.

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�Boletín Apícola Nº 15 - Ene 2001

Por lo tanto existe la esperanza de integrar a las comunidades, especialmente las que están en áreas
protegidas, en trabajos productivos que no perjudiquen los propósitos de conservación y uso de los
recursos naturales.
Además, la abeja requiere para su alimentación de especies nativas, por lo que en forma indirecta se ha
promovido la reforestación de árboles melíferos.
Hoy este grupo de trabajo está comercializando toda la producción que obtienen: miel virgen, jalea maya
(50% de miel y 50% de polen) y goteros oftalmológicos.
Podría decirse que la producción es a nivel regional, pues es baja, aunque llegan a México, Tamaulipas,
Xalapa y Cancún, en cantidades pequeñas. Sin embargo, tienen la convicción de que en un corto tiempo
van a duplicar sus jobones y de esta manera aumentar su producción.
Este ejemplo de respeto a las tradiciones es algo que debemos rescatar y ojalá nos sirva para que
encontremos la identidad como seres naturales que somos y nos demos cuenta que honrar a nuestros
antepasados es honrar nuestra descendencia.

Ing. Mercedes Nimo
Téc. Andrea Janin
Ing. Rita Tanoni

Dirección de Industria Alimentaria
S.A.G.P. y A.
miel@sagyp.mecon.gov.ar
Tel: ( 54 11) 4349-2061
Fax: ( 54 11) 4349-2097

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